Acta Constitutiva y Estatutos Sociales
Club Deportivo De Ajedrez de Guatire ( C.D.A GUATIRE )
NOSOTROS: [José Cuevas , C.I. V-8.747.378], [Pablo Emilio Reyes, C.I. V-XXXXX], [Pablo Matzo , C.I. V-XXXXX], todos venezolanos, mayores de edad y domiciliados en el Municipio Zamora del Estado Miranda, declaramos que hemos convenido en constituir, como en efecto constituimos formalmente por la presente Acta, una Asociación Civil de carácter deportivo y sin fines de lucro, la cual se regirá por la legislación deportiva nacional vigente y por los Estatutos aquí contenidos, redactados con suficiente amplitud para que sirvan a su vez de Acta Constitutiva.
TÍTULO I: De la Naturaleza, Denominación, Objeto, Domicilio y Duración
- ARTÍCULO 1 (Denominación): La asociación se denominará CLUB DEPORTIVO DE AJEDREZ DE GUATIRE, pudiendo utilizar las siglas «C.D.A. GUATIRE».
- ARTÍCULO 2 (Objeto): El Club tendrá como objeto principal promover, fomentar, masificar y desarrollar la práctica de la disciplina deportiva del Ajedrez (el juego ciencia) en todas sus modalidades y categorías (infantil, juvenil, adultos y máster). Ello mediante la organización de torneos, captación de nuevos miembros, el impulso del ajedrez escolar, y la participación en eventos municipales, estadales o nacionales.
- ARTÍCULO 3 (Domicilio): El domicilio legal del Club estará ubicado en Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, pudiendo establecer sedes operativas en las instalaciones cedidas por la alcaldía o locales privados autorizados.
- ARTÍCULO 4 (Duración): La duración de este Club será de diez (10) años, prorrogables, contados a partir de su protocolización en el registro correspondiente.
TÍTULO II: De los Miembros, Derechos y Deberes
- ARTÍCULO 5 (Clasificación): El Club estará integrado por tres categorías de miembros:
- Atletas/Jugadores: Inscritos formalmente para competir.
- Personal Técnico: Entrenadores y Árbitros.
- Miembros Promotores/Directivos: Quienes ejercen la labor administrativa.
- ARTÍCULO 6 (Derechos): Son derechos de los miembros participar en las asambleas con voz y voto (según la edad legal), elegir y ser elegidos para los órganos de dirección, e impugnar decisiones contrarias a la Ley.
- ARTÍCULO 7 (Deberes): Cumplir con los presentes estatutos, acatar los reglamentos técnicos de la FIDE y la FVA, y mantener una conducta de juego limpio (Fair Play).
TÍTULO III: De las Autoridades y la Estructura Organizativa
- ARTÍCULO 8 (La Asamblea General): Es la máxima autoridad del Club. Estará conformada por la totalidad de los miembros activos y se reunirá de forma Ordinaria una vez al año, y Extraordinaria cuando sea necesario.
- ARTÍCULO 9 (La Junta Directiva): La dirección, administración y representación legal del Club estará a cargo de una Junta Directiva. (Nota: Aquí adaptamos la estructura de 3 administradores y vocales que acordaron):
- Órgano Ejecutivo / Administradores: Integrado por Tres (3) Administradores Principales (quienes asumirán de manera conjunta las funciones de Presidencia, Secretaría y Tesorería).
- Órgano de Gestión / Vocales: Integrado por Tres (3) Vocales Principales y Un (1) Vocal Suplente, encargados de comisiones de trabajo (Torneos, Logística, Relaciones Institucionales, y Ajedrez Escolar).
- ARTÍCULO 10 (Duración de Cargos): Los miembros de la Junta Directiva durarán en sus funciones un período de dos (2) a cuatro (4) años (a definir por ustedes), pudiendo ser reelectos.
TÍTULO IV: Del Patrimonio y Régimen Económico
- ARTÍCULO 11 (Patrimonio): El patrimonio del Club estará constituido por:
- Los aportes o cuotas de afiliación de sus miembros.
- Las donaciones, asignaciones o aportes de entes públicos (Alcaldía, IND) o privados.
- Los ingresos provenientes de inscripciones a torneos o actividades organizadas por el Club.
- ARTÍCULO 12 (Destino de los Fondos): Al ser una entidad sin fines de lucro, la totalidad de los ingresos se destinará exclusivamente a la dotación de material técnico (tableros, relojes), premiaciones, logística de eventos y cumplimiento del objeto social del Club.
TÍTULO V: Del Consejo de Honor (Régimen Disciplinario)
- ARTÍCULO 13 (Consejo de Honor): Conforme a la Ley del Deporte, se elegirá un Consejo de Honor de tres (3) miembros independientes a la directiva, encargado de conocer y sancionar las faltas éticas o de conducta que cometan los miembros dentro de las actividades del Club.
TÍTULO VI: Disposiciones Transitorias y Firmas
- ARTÍCULO 14 (Junta Directiva Provisional): Para el primer período legal, se designa a los ciudadanos acordados en la asamblea del Polideportivo:
- Administradores: José Cuevas, Pablo Matso y Pablo Reyes.
- Vocales: Elías Plata, Mario Morales, Rito Salinas. (Suplente: Roiman Facúndez).
- ARTÍCULO 15: Se faculta al ciudadano [Nombre de quien vaya al Registro] para que presente este documento ante el Registro Público del Municipio Zamora, Estado Miranda.
Firmamos conformes los fundadores en Guatire, a los [Día] del mes de [Mes] de [Año].
